El Pleno, integrado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal.
Las competencias que corresponden al Ayuntamiento Pleno son las fijadas por la legislación general.
El Ayuntamiento Pleno puede acordar la delegación de aquellas de sus competencias para las que no se haya establecido la prohibición de realizarlo, en la Junta de Gobierno Local.
Celebra una sesión ordinaria mensual, establecida para el último miércoles de cada mes, a las 19 horas, en cualquier estación del año, sin perjuicio de celebrar las sesiones extraordinarias que procedan en los términos legalmente previstos. En el supuesto de que el último miércoles de algún mes coincida con día festivo, la sesión ordinaria se celebrará el siguiente día hábil.
Asimismo, durante el mes de Agosto de cada ejercicio económico, no se celebrará la sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno.
MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN






























